Comuna 10: La Junta Comunal definió los responsables de las áreas

Comuna 10: La Junta Comunal definió los responsables de las áreas

enero 20, 2020

En la segunda reunión de la nueva Junta Comunal, sus siete integrantes definieron qué área presidirá cada uno.

La reunión de enero de la Junta comunal definió a los responsables de las distintas áreas. La intención es que cada juntista se vaya especializando en ciertos temas y pueda trabajar conjuntamente con funcionarios a nivel Ciudad y sobre todo, con los vecinos organizados en el Consejo Consultivo.

 

De esta manera, la juntista María Teresa Poquet será la responsable del área de Adultos Mayores y de Arbolado. Daniela Mesplede seguirá al frente del área de Higiene Urbana y Espacios Verdes. Ubaldo Mascali también continuará en el área Salud y Cultura. Fernando Moya se ocupara del área de Educación, Deportes, Derechos Humanos y Seguridad. Yanina Arias se  hará cargo de Desarrollo Humano y Hábitat, y del área de Mujeres, Géneros y Diversidad. Y Daniel Paladini estará al frente de Justicia, Desarrollo Económico y Producción.

 

 

La importancia del gobierno comunal

Según la Ley 1777, votada en 2006 y puesta en práctica recién en 2011 tras una presentación judicial, la ciudad quedó organizada en 15 comunas que son autónomas y cada una de ellas tiene gobiernos democráticos participativos, es decir, que están compuestos por dos organismos de gobierno: uno, elegido por votación, que es la Junta Comunal compuesta por siete miembros, y otro organismo de gobierno que es el consejo consultivo comunal ,que es el órgano de participación popular de cada comuna, que lo forman los vecinos y las organizaciones vecinales, sociales, culturales, que voluntariamente y honoríficamente, es decir, sin cobrar, se dedican a trabajar por el bien común de la Comuna.

Esto significa que los vecinos tiene el derecho a participar en la elaboración de las decisiones sobre lo que se hace y lo que no se hace en su comuna y en sus barrios y por otro lado, a controlar a aquellas personas que fueron elegidas para ocupar la junta comunal de cada una de ellas actúe correctamente en todos los aspectos.

 

Primero en responder a lo que los vecinos queremos que se haga y no se haga, y en segundo lugar a que lo que se haga, se haga en términos económicos, contractuales, adecuados al objetivo y a los precios más o menos razonables.

 

Según la constitución de la Ciudad, la junta comunal cada seis meses tiene la obligación de hacer una rendición de cuentas frente al consejo comunal, es decir, frente al órgano participativo de los vecinos. Esto es implementar la democracia participativa

 

 

¿Cuáles son las áreas donde las Comunas pueden intervenir?

Según la ley 1777, las comunas tienen dos competencias exclusivas, es decir que solo las puede abordar las comunas y nadie mas: Vías secundarias, calles veredas, avenidas, con lo que ello implica (Arbolado, iluminación, etc) y Espacios verdes y su mantenimiento, plazas, parques.

Todas las restantes competencias del Gobierno de la Ciudad, son competencias concurrentes con las Comunas, es decir que las Comunas tienen el derecho no solo a ser consultadas sino a intervenir en las decisiones que tienen que ver sobre todos los otros temas, tales como salud, educación y seguridad.