En defensa de la democratización de la comunicación | La justicia porteña falló a favor de los medios vecinales

En defensa de la democratización de la comunicación | La justicia porteña falló a favor de los medios vecinales

diciembre 20, 2019

Actualmente y gracias a la ley 2587, 269 medios vecinales porteños reciben 5 de cada 100 pesos que el Gobierno de la Ciudad invierte en materia de publicidad. Con el objetivo de reducir el presupuesto, en 2018 el Subsecretario Merchensky de Comunicación Social decidió avasallar la sustentabilidad de los Medios Vecinales con descuentos ilegales e inconstitucionales. Por ello, 58 medios vecinales presentaron un amparo colectivo con el patrocinio del Observatorio del Derecho a la Ciudad. Ahora, tras varios meses de litigio, la justicia porteña falló a favor de los medios.

 

 

A comienzos de 2018, a través de la Resolución N° 813/2018, Máximo Merchensky, Subsecretario de Comunicación Social, rebajó en un 19% el valor de la pauta publicitaria que corresponde a los medios vecinales de acuerdo con la Ley N° 2587, que cuenta con una década de vigencia, y tiene como objeto regular la contraprestación publicitaria de los Medios Vecinales con el Gobierno de la Ciudad.

 

Por ello, 58 medios vecinales presentaron un amparo colectivo con el patrocinio del Observatorio del Derecho a la Ciudad. Ahora, tras varios meses de litigio, la justicia porteña falló a favor de los medios.

 

En la causa judicial: «SERRES, LUIS ALBERTO Y OTROS CONTRA GCBA SOBRE AMPARO – OTROS», la sentencia expresó que: “La resolución n° 813/2018 no se ajusta al bloque normativo que regula la materia (conformado por la ley n° 2587 y el decreto n° 933/2009) incurriendo en un exceso reglamentario, en la medida en que ha modificado –por un lado- el alcance dado por el legislador al art. 13 de la ley n° 2587 y su reglamentación por el decreto n° 933/2009 cuando alude al “valor más bajo del espacio publicitario de toda la página siete (7) del diario pago de mayor tiraje en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires” que no coincidan con un precio promocional o al que se le aplique un descuento de cualquier naturaleza. Y, por el otro, al haber establecido que los importes se calculan semestralmente en lugar de mensualmente (cf. decreto n° 933/2009, Anexo, art. 13).

 

 

A su vez, en el fallo el magistrado recordó cuáles fueron los motivos que condujeron a la sanción de la ley n° 2587. El proyecto de ley consideró a los medios vecinales de comunicación social como herramientas de la “…democratización de la información” frente a la “… concentración de los grandes medios y la irrupción de los multimedios”.

 

También se los mencionó como “…un reaseguro para la vigencia del precepto constitucional de libertad de prensa”. Reconoció que no se dedican solamente a la comunicación, sino que “…su acción es social, cultural y política, buscando siempre el bien común para los vecinos de su barrio”. Se sostuvo que son “… los portadores del ‘fomentismo’ vecinal a través de su compromiso informativo por un lado y su rol de actor social por el otro”.