Un pedido para transparentar los gobiernos comunales

Un pedido para transparentar los gobiernos comunales

julio 18, 2018

El Espacio Interconsejos Consultivos Comunales, donde participan integrantes del Consejo Consultivo de la Comuna 10, solicitó a través de la Legislatura que los presidentes de las 15 comunas rindan cuentas de su gestión, dando a conocer, entre otros puntos, si están respetando los mecanismos que garantizan la elaboración del presupuesto participativo con los vecinos, qué presupuestos tienen asignado y en qué lo gastan, y si vienen rindiendo cuentas ante los Consejos Consultivos.

 

Integrantes de diferentes Consejos Consultivas de la Ciudad presentaron un proyecto en la Legislatura porteña que solicita a los 15 Gobiernos Comunales de la Ciudad Autónoma de Buenos que informe por escrito y en formato digital

 

1. Si durante el año 2016 y 2017 se realizaron las dos rendiciones de cuentas ante los correspondientes Consejos Consultivos Comunales tal como lo establece la Ley 1777 en su artículo 29 y que presenten documentación respaldatoria. De lo contrario explique por qué no se llevaron a cabo.

 

2. Si durante el año 2017 la Junta Comunal correspondiente aprobó el programa de acción y anteproyecto de presupuesto anual para el2018 tal como lo indico el artículo 29, Incido «d» de la Ley 1777. De haberse aprobado, adjunte dicho anteproyecto de presupuesto anual.

 

3. Si el programa de acción y el anteproyecto de presupuesto anual para la Comuna fue elaborado participativamente y que se detalle de qué manera se concretó la elaboración de dicho anteproyecto de presupuesto comunal con los vecinos de la Comuna. A su vez solicitan que se informe si el Consejo Consultivo Comunal tuvo participación en dicho proceso de elaboración.

 

4. Cuál es el presupuesto asignado para la Comuna para el año 2018 detallando Unidad Ejecutora, Programa Presupuestario, Actividad y Obra, así como la apertura por objeto del gasto hasta el nivel de partida parcial, incluyendo las fuentes de financiamiento y la Unidad Geográfica.

 

5. Cuáles son las obras y/o proyectos que se están llevando adelante en la Comuna y si son llevados adelante por el Gobierno Comunal o por el Poder Ejecutivo. A su vez, solicitan que se detalle qué empresas están llevando adelante dichas obras y se adjunten los pliegos de las licitaciones correspondientes.

 

6. La cantidad de empleados que tiene la Comuna y el tipo de contratación que poseen, detallando cargo y funci6n.

 

7. Los servicios que se brindan en la Sede y Sub Sede Comunal y los trámites que se pueden realizar

 

El pedido, que incluye en total 22 puntos, está fundamentado principalmente en el artículo 29 de la Ley 1777, donde se establecen las atribuciones y obligaciones del Presidente de la Junta Comunal. Allí, entre otras, se encuentra la obligación de rendir cuentas de manera semestral ante el Consejo Consultivo Comunal de las actuaciones de Ia Junta Comunal.

 

A su vez, en los artículos 10, 15, 26, 27 y 35 de Ia misma Ley se establece que cada Comuna debe elaborar «participativamente» su anteproyecto de presupuesto para el año entrante y el mismo debe ser aprobado por Ia Junta Comunal y luego remitido al Poder Ejecutivo para finalmente ser enviado a Ia Legislatura Porteña.
“El artículo 15 de la Ley 1777 es contundente respecto a este tema puntal: «La aprobación del anteproyecto de presupuesto de cada Comuna está a cargo de la Junta Comunal y se elabora a través de mecanismos que, a escala barrial, garantizan Ia participación de los vecinos en Ia fijación de metas, formulación y control presupuestario», advierten los integrantes del Espacio Interconsejos Consultivos Comunales

 

Tanto la ley 5601 como al ley 5629 (ambas sancionadas en 2016) intentan fortalecer y acentuar el proceso de descentralización de la Ciudad de Buenos Aires. En la Ley 5601, se crea la «Semana de las Comunas» en la que la autoridad de aplicación (ahora la Secretaria de Atenci6n y Gestión Ciudadana) debe realizar básicamente dos acciones: «Realizar una amplia campaña de difusión a fin de divulgar las actividades y las funciones de las comunas, así como los mecanismos e instancias de participación comunal, en coordinación con las autoridades comunales y; fomentar en las escuelas primarias y los colegios secundarios de la Ciudad, la realización de charlas informativas para alumnos» en pos de darle mayor visibilidad e información a los vecinos de las Comunas sobre la participación y la descentralización. En tanto que la Ley 5629 pretende institucionalizar algunas cuestiones vinculadas a la página web de la Comuna, las redes sociales y los libros de actas que se generan en ambos ámbitos.

 

“Consideramos al diálogo entre las Juntas Comunales, los Consejos Consultivos y los vecinos de las Comunas de suma trascendencia para la vida de la democracia participativa en la Ciudad”, aseguran los integrantes del Espacio Interconsejos Consultivos Comunales. “Creemos en el caracter participativo de la democracia en la Ciudad. Ya en su articulo N° 1, la Constitución de la Ciudad establece que la Ciudad debe organizar sus instituciones de manera participativa. También consideramos fundamental fortalecer el proceso de descentralización en la Ciudad, que la Ley 1777 pretendió y pretende consolidar. La experiencia, los deseos, las conquistas y las discusiones de miles de vecinos de la Ciudad se ven plasmados en el espíritu de dicha Ley y desde nuestro rol entendemos que debemos aportar a este proceso consolidando las instancias de descentralizaci6n existentes”, fundamenta el proyecto presentado, que entre otras, lleva la firma de Osvaldo Cordo, integrante del Consejo Consultivo de la Comuna 10.