Proponen un nuevo reglamento de los polideportivos que garantice su gratuidad

Proponen un nuevo reglamento de los polideportivos que garantice su gratuidad

julio 27, 2015

La Defensoría del Pueblo de la Ciudad presentó ante la Corte un reglamento para la regular la utilización de los polideportivos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con el objetivo de propiciar las mejores condiciones posibles para el desarrollo de la actividad deportiva y social en los mismos.

 

“Un polideportivo es toda aquella instalación construida para la práctica de actividades físicas, recreativas y sociales, por parte de personas que individual o colectivamente las usen de manera responsable”, define el documento y aclara: “Los centros deportivos son de acceso libre y gratuito, sin distinción de sexo, edad, raza, religión, nacionalidad o condición social, según lo regulado por la Ley N°1624/2004 de CABA”.

 

El reglamento está a cargo de la Subsecretaría de Deportes, y es de aplicación a todos los polideportivos dependientes del Gobierno de la Ciudad. Una de sus disposiciones manifiesta que en caso de corresponder el pago por el uso de las instalaciones, se debe garantizar y asegurar el acceso gratuito a las personas con recursos insuficientes.

 

Se establece como usuarios de los centros a alumnos de actividades deportivas programadas, de las clases o escuelas deportivas, los participantes de competiciones y los acompañantes y espectadores. Además, se los clasifica como: Niños (0 a 12 años),Jóvenes (13 a 18 años),Adultos (19 a 59 años) y Tercera edad (60 años en adelante).

En este sentido, la norma contempla que podrán utilizar las instalaciones de los polideportivos los mayores de 16 años y los menores acompañados de un mayor de edad, e independientemente de la edad, los alumnos de las actividades programadas. También los participantes de actividades de competición, que se lleven a cabo en los predios de los polideportivos.

 

Las instituciones educativas, los clubes,o federaciones, concertarán con el organismo de aplicación el uso anual de las instalaciones, de acuerdo al calendario de cada polideportivo. Los usuarios inscriptos en dichas instituciones educativas o deportivas deberán cumplir la normativa, como si de personas individuales se tratara, mientras que el órgano de aplicación se reserva el derecho de asignar horarios de competiciones que estime conveniente.

 

Los usuarios tienen derecho a disponer de instalaciones y equipamientos en buenas condiciones de conservación y accesibles para personas con discapacidad, contar con la señalización suficiente para una mejor orientación dentro del Polideportivo, formular sugerencias o quejas al organismo de aplicación o al área competente, poder utilizar baños y vestuarios gratuitamente y conocer la identidad del personal a cargo.

Para acceder al establecimiento, los asistentes deberán presentar el apto médico correspondiente previo al inicio de cualquier actividad, hacer adecuado uso de las instalaciones y del material, “con buen trato y cuidado correcto, colaborando en su mantenimiento”, respetar los horarios y el funcionamiento de los servicios, guardar el debido respeto hacia los demás usuarios, como así también hacia el personal y acreditar identidad en caso que se le requiera, mediante la presentación de DNI.

Asímismo, quedará prohibido obstruir el normal funcionamiento de las acciones, impartir clases sin autorización del órgano de aplicación, realizar cualquier actividad lucrativa, arrojar residuos, ingresar con animales, la colocación de publicidad salvo permiso expreso y la exhibición de pancartas o leyendas que puedan fomentar comportamientos violentos, xenófobos o racistas.