La justicia porteña falla en contra del acceso a la educación | Rechazó la solicitud de vacantes en la escuela pública

La justicia porteña falla en contra del acceso a la educación | Rechazó la solicitud de vacantes en la escuela pública

diciembre 23, 2020

El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad acaba de fallar contra las familias que reclaman que se cumpla el Artículo 24 de la Constitución porteña y se garantice la vacante para sus hijos en la escuela pública.

 

 

 

 

Con los votos de las juezas Marcela De Langhe, Inés M. Weinberg, Santiago Otamendi y Luis Francisco Lozano, el TSJ determinó que solamente podrán exigir vacantes quienes no pueden pagar una escuela privada.

 

 

La causa se había iniciado en 2018, cuando una familia quiso anotar a su hijo de dos años en un establecimiento educativo público de la Ciudad a través de la inscripción online y no consiguió vacante, tal como le sucedió ese año a 14.852, solo en el nivel inicial.

 

La madre entonces denunció que las autoridades no garantizaron el derecho a la educación de su hijo, amparándose en el artículo 24 de la Constitución porteño, que establece que «la Ciudad asume la responsabilidad indelegable de asegurar y financiar la educación pública estatal, laica y gratuita en todos los niveles y modalidades, a partir de los cuarenta y cinco días de vida hasta el nivel superior».

 

 

Hubo fallos de un juez de primera instancia y de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario, hasta el fallo del Tribunal Supremo de Justicia, máximo tribunal de la Justicia porteña. Allí en un voto casi unánime (cuatro votos a favor, y solo Alicia Ruiz en contra) el órgano judicial desestimó la denuncia de la familia sin vacante.

 

Entre los fundamentos el Tribunal esgrime que quien no pruebe tener un mejor derecho que los grupos a los que asigna prioridad el artículo 17 de la CABA, no podrá exigir su admisión en el sistema público si las vacantes no son suficientes. Por otro lado, agrega que la obligatoriedad por parte del Estado se limita a asegurar la escolaridad de aquellos niños en situación de pobreza y exclusión, es decir, aquellos que presenten un certificado de pobreza y no puedan afrontar los gastos para una educación privada.

 

 

“El fallo busca limitar el acceso a la Justicia a las familias que eligen la escuela pública y pretende legitimar el ajuste constante y sostenido que Macri y Larreta realizan desde hace trece años en materia educativa hasta alcanzar su punto más bajo en el presupuesto 2021”, aseguran desde la Unión de Trabajadores de la Educación (UTE).

 

 

“Por otro lado- aseguran desde el sindicato docente Ademys- el fallo desliga la responsabilidad del Poder Ejecutivo y la deposita sobre la Legislatura porteña señalando que mientras no asignen mayores fondos para la universalización del sistema educativo, el Poder Ejecutivo sólo puede limitarse a gestionar las vacantes disponibles. El fallo admite la falta de vacantes, pero omite el hecho de que, es en la misma legislatura en donde el partido gobernante, entre otros, obtura los proyectos integrales de construcción de escuelas”.

 

 

 

El fallo, aseguran desde el sindicato docente, “hace una diferenciación entre la escolarización obligatoria y no obligatoria sólo a los efectos de fundamentar el incumplimiento del gobierno en lo que respecta a su obligación de garantizar la educación pública desde los 45 días como lo establece la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires”.

 

 

La inscripción online para el ciclo lectivo 2021 volvió a mostrar la falta de vacantes en el nivel inicial pese a que tal como asegura la Constitución de la Ciudad en su Artículo 24, el Estado “asume la responsabilidad indelegable de asegurar y financiar la educación pública a partir de los 45 días de vida”. Sin embargo, barrios como Floresta, Villa Luro, Vélez Sarsfield y Versalles no tienen ningún jardín público con salas de lactantes.