Hace días, la justicia porteña detectó que el Sistema de Reconocimiento Facial (SRFP), que implementó el jefe de Gobierno Horacio Rodriguez Larreta a través de la instalación de 10.000 cámaras en la Ciudad, no sólo fue utilizado para identificar alrededor de 40 mil personas incluidas en la Base de Datos de Consulta Nacional de Rebeldías y Capturas (CONARC), su objetivo declarado, sino también sirvió de excusa para pedir los datos biométricos de casi 7.5 millones de personas de forma ilegal al RENAPER. Por ello, organizaciones convocan a presentarse en la Causa Judicial "para que como ciudadanía podamos averiguar si el GCBA o la empresa accedió ilegalmente a nuestros datos biométricos y con qué fin".
El Sistema de Reconocimiento Facial fue instalado en la Ciudad en abril de 2019 y, pese a todas las advertencias, tuvo un tratamiento exprés. Hablamos de un sistema que trabaja con información muy sensible como son los datos biométricos de nuestros rostros. En los países donde se aplicó, su justificación, legitimidad, necesidad y proporcionalidad se estableció mediante una Evaluación del Impacto en la Protección de Datos. En CABA, obviamente, este estudio nunca fue realizado. Por el contrario, el GCBA actuó con su prepotencia habitual. La puesta en funcionamiento del sistema, solo tomó 22 días corridos. La implementación del SRF fue anunciado por el entonces Vicejefe de gobierno, Diego Santilli, el día 3 de abril de 2019 durante la celebración del Congreso Internacional sobre delito Transnacional. El mismo día del anuncio se aprobaron los pliegos para la contratación del servicio (Resolución 2019-59- GCBA-SSGA). El 22 de abril se aprueba la Contratación Directa (Resolución 2019-98-GCBA-SSGA). El 24 de abril se aprobó la implementación del SRFP (Resolución N° 398/2019). Finalmente, el flamante sistema comenzó a operar en la vía pública porteña el día 25 de abril de 2019.
¿Qué se podía esperar de semejante irresponsabilidad y desmanejo? Lo que finalmente sucedió.
- MARKETING Y NEGOCIOS CON LA SEGURIDAD
“Ya venimos probando este sistema y la verdad que funciona muy bien”, aseguró Horacio Rodríguez Larreta el día de la inauguración. Sin embargo, con el correr de los días, el Reconocimiento Facial se hizo conocido, pero por sus equivocaciones. ”Un hombre estuvo seis días preso por un error policial”, “Detenida por el parecido con una persona buscada”, fueron solo algunos de las decenas de titulares que reflejaron los “falsos positivos”, es decir, las detenciones injustificadas por errores del sistema.
Técnicamente, el sistema no puede contener más de 100.000 registros y en la Ciudad, el sistema opera con 300 licencias. Es decir, sólo puede utilizar el reconocimiento facial en 300 cámaras a la vez. Únicamente puede operar con cámaras de la ciudad que tengan tecnología 4k, hoy el 80% de la totalidad.
- SIN CONTROL
A finales de 2019, el GCBA aseguró que se habían realizado “ajustes en la configuración del sistema” y, pese a que la tasa de efectividad era del 52 %, D´Alesandro aseguró que no volvería a haber falsos positivos. Desde entonces, creer en los datos que publicita el GCBA es una cuestión de fe. La Justicia tiene sus dudas. No hay manera de comprobarlos. ¿Por qué? Porque el GCBA no respetó ninguno de los diversos mecanismos de control que el tratamiento de datos biométricos obliga.
En la Legislatura, la Comisión Especial de Seguimiento de los Sistemas de Video Vigilancia prevista en el art. 495 bis de la Ley N° 5688 nunca se constituyó. Y, como la Comisión no estaba formada, el ministro de Seguridad D´Alesandro jamás envió el informe al cual estaba obligado por ley. Tampoco la Legislatura aprobó el convenio entre el RENAPER y la Ciudad.
Aun siendo obligatorio, el GCBA nunca inscribió la base de datos relativas a la videovigilancia y sistema de reconocimiento en el Registro de Datos que funciona en el marco de la Defensoría del Pueblo
En virtud del art. 495 de la Ley N° 5688 y la Resolución N° 398/2019, el Ministerio de Justicia y Seguridad de la CABA y la Defensoría del Pueblo acordaron que esta última sería la auditora externa de la implementación del SRFP. Sin embargo, el Ministerio de Seguridad no cumplió con la remisión obligatoria de información a la Defensoría. Tampoco el sistema tuvo auditoría interna.
El juez Gallardo concluye: “Los mecanismos de control creados legalmente a fin de resguardar los datos personales y garantizar su adecuado tratamiento, no se encontrarían constituidos (Comisión Especial de Seguimiento de los Sistemas de Video Vigilancia) o bien transitarían serias dificultades en desplegar su accionar de un modo eficaz (Defensoría Pueblo CABA). En definitiva, se puso en marcha el SRFP sin garantizar que éste cuente con los organismos de control que el cuerpo legal requiere, lo que se da de bruces con el principio de legalidad que debe regir todo accionar de la Administración, los mecanismos de control que no existieron”.
5. NEGOCIOS Y ¿ESPIONAJE?
La situación se vuelva aún más crítica cuando se pone de relieve que Danaide, la empresa contratada en forma directa por el GCBA que controla la millonaria política de videovigilancia que el GCBA extendió por toda la ciudad, es la misma que ya fue denunciada por instalar los equipos para espiar a Cristina Fernández de Kirchner en noviembre de 2018.
Y termina de ser escandalosa cuando el juez Gallardo detecta que este Sistema de Reconocimiento Facial no sólo fue utilizado para identificar prófugos de la justicia (su objetivo declarado) sino también sirvió de excusa para pedir los datos biométricos de casi 7.5 millones de personas de forma ilegal al RENAPER. Una de esas podés ser vos.
- UN GOBIERNO QUE MEINTE ALGO OCULTA
El GCBA sostuvo en la causa judicial que no existe posibilidad de cargar manualmente el DNI de una persona para obtener su dato biométrico. Luego en otra causa judicial reconoció que habían ingresado manualmente un total de 82 personas.
También sostuvo que no accedieron a datos biométricos por fuera de las personas incluidas en la CONARC pero en la causa judicial se demostró que accedieron a los datos de 7.5 millones de personas.
Luego, el ministro D´Alessandro reconoció que solicitaron datos biométricos de personas que no estaban incluidas a la base de la CONARC para el control de tránsito, cuando se hace una denuncia, para tramitar el certificado de domicilio o el certificado de circulación del Covid. Informó que estos pedidos se realizan en el marco de diversos convenios vigentes. Estos convenios siguen sin aparecer.
Por ello, desde el Observatorio del Derecho a la Ciudad convocan a la ciudadanía a presentarse en la Causa Judicial para averiguar si el GCBA o la empresa accedió ilegalmente a nuestros datos biométricos y con qué fin.
Si querés sumarte a la presentación judicial o quieres hacer una consulta, escribir al Whatsapp: +54 9 11 3266 7008 (Jonatan Baldiviezo).
Texto: Jonatan Baldiviezo, María Eva Koutsovitis y Alejandro Volkind