Sin presupuesto, sin autonomía y sin difusión| Denuncian que, desde que asumió el PRO, se incumple la Ley de Comunas

Sin presupuesto, sin autonomía y sin difusión| Denuncian que, desde que asumió el PRO, se incumple la Ley de Comunas

octubre 8, 2019

A días de una nueva elección de representantes comunales, el Movimiento comunero advierte sobre el incumplimiento de la ley 1777. “Por tercera vez se va a infringir el artículo según el cual ´para la votación de las Juntas Comunales se habilitarán boletas u opciones separadas´. Dicho incumplimiento respalda y facilita la permanente y sistemática política de desinformación sobre la existencia de las Comunas por parte del Gobierno central de la Ciudad y permite que, por octavo año consecutivo, no se les otorgue el presupuesto comunal propio que legalmente les corresponde”, denunciaron.

 

 

 

Desde Nadie nos Invitó conversamos con Carlos Wilkinson, referente del Movimiento e impulsor durante años de la ley de Comunas, 1777 y la consultamos sobre las trabas a la aplicación efectiva de esta ley.

CW: La principal traba que el gobierno de la Ciudad le ha puesto al desarrollo de las Comunas es que nunca aceptó que las comunas son una institución diferente y autónoma del gobierno central de la Ciudad, algo así como pequeñas municipalidades urbanas iguales a cualquier municipalidad de cualquier provincia de la argentina. Esto es lo que deben ser las comunas.

Pero siempre quisieron considerarla, y a pesar de ir contra la constitución y contra la ley así lo hicieron, como una dependencia territorial del gobierno de la Ciudad, cosa que es absolutamente absurda si se mira que en cada comuna se eligieron a siete juntistas comunales para que sean el gobierno ejecutivo de las comunas. Obviamente si son elegidos por voto por los habitantes de cada comuna es porque no son empleados del gobierno de la Ciudad.

Esta intención política que tuvo el gobierno de la Ciudad de convertir a las comunas en simples oficinas regionales del gobierno, como eran los CGP anteriormente, se da de cabeza con lo que establece la Constitución.

 

 

NNI: ¿Cómo debería ser el funcionamiento de las Comunas según el espíritu orgiinal de la ley?

CW: primero, autónomas. Segundo, gobiernos democráticos participativos, es decir, que están compuestos por dos organismos de gobierno: uno, elegido por votación, que es la Junta Comunal compuesta por siete miembros, y otro organismo de gobierno que es el consejo consultivo comunal que es el órgano de participación popular de cada comuna, que lo forman los vecinos y las organizaciones vecinales, sociales, culturales, que voluntariamente y honoríficamente, es decir, sin cobrar, se dedican a trabajar por el bien común de la Comuna.

 

Esto significa que los vecinos tiene el derecho a participar en la elaboración de las decisiones sobre lo que se hace y lo que no se hace en su comuna y en sus barrios y por otro lado, a controlar a aquellas personas que fueron elegidas para ocupar la junta comunal de cada una de ellas actúe correctamente en todos los aspectos. Primero en responder a lo que los vecinos queremos que se haga y no se haga, y en segundo lugar a que lo que se haga, se haga en términos económicos, contractuales, adecuados al objetivo y a los precios mas o menos razonables. Y no como ha pasado muchas veces donde hemos constatado que el arreglo de veredas 4 o 5 veces en el curso de dos años y algunos precios que no tienen nada que ver con lo que cualquier arreglo debería ser, y como esos hay mil situaciones. Ambos organismos deberían interacturar mucho mas.

 

Según la constitución, la junta comunal cada seis meses tiene la obligación de hacer una rendición de cuentas frente al consejo comunal, es decir, frente al órgano participativo de los vecinos. Esto es implementar la democracia participativa

 

 

 

Imagen. Carlos Wilkinson

 

NNI: ¿Qué se cumple y qué no se cumple del presupuesto con el que deberían contar las Comunas?

 

CW: “Sobre el presupuesto de las comunas, el gobierno de la ciudad no cumple absolutamente nada. Concretamente las comunas no tienen un presupuesto propio, como deberían tener. Obviamente, como cualquier oficina publica tienen un presupuesto para moverse, pero ese presupuesto, ni en su cantidad ni en su destino, es manejado por la Comuna sino por el gobierno central de la Ciudad.
Y esto es asi porque desde su inicio, el gcba y la legislatura, en ningún año establecieron que las comunas que las comunas son una jurisdicción presupuestaria diferente de las restantes jurisdicciones.

Según la ley 70 de la Ciudad se establece claramente que hay cuatro jurisdicciones: la legislatura, el Poder Judicial, el poder Ejecutivo y la Comunas. Son cuatro jurisidiciones separadas, diferentes.

Pero esto es lo que nunca quiso el gobierno, nunca lo aceptó la legislatura y en consecuencia las comunas no tiene presupuesto propio, a tal punto que los edificios donde están funcionando no son propios, no tienen patrimonio. Imaginemos una municipalidad de cualquier provincia de Argentina que funcione en el edificio del gobierno provincial.

 

Este es el motivo por el cual, desde el movimiento comunero vamos a intentar con otras organizaciones y candidatos a juntistas de la oposición, aunque esto le correspondería a juntistas del oficialismo, pelear para que en el presupuesto 2020 cada comuna tenga el carácter de jurisdicción presupuestaria con un monto de dinero determinado.

 

Pero hay otra cosa mas, a diferencia de las Municipalidades, que tienen derecho a cobrar impuestos, las comunas de la Ciudad no pueden hacerlo y es muy razonable ya que sino, como pasa en Chile, hay comunas que se harían cada vez mas ricas y otras cada vez mas pobres. A diferencia de esto, los vecinos y legisladores que elaboramos la ley de comunas 1777 lo que establecimos es que el monto total de dinero que se adjudica a las 15 comunas tiene que ser repartido entre ellas en forma inversamente proporcional a la situación socioeconómica de la comunas, es decir que las comunas mas pobres tienen que tener un monto mayor asignado que las comunas mas ricas, asi, con el tiempo, se tienden a igualar las desigualdades entre comunas. Esto debería haberse concretado y esta claramente escondido.
Cada comuna debe armar su presupuesto

 

 

NNI: ¿Cuáles son las áreas donde las Comunas pueden intervenir y sobre qué temas, porque en general en cuando los juntistas son consultados sobre problemas vinculados con la salud y la educación, suelen responder que ellos no tienen potestad para intervenir y que es cosa del gobierno de la Ciudad? Y solo se hacen cargo de veredas y arbolado…

 

CW: Si uno analiza con detalle la ley, las comunas tienen dos competencias exclusivas, es decir que solo las puede abordar las comunas y nadie mas: vías secundarias, calles veredas, avenidas, con lo que ello implica (Arbolado, iluminación, etc) y espacios verdes y su mantenimiento, plazas, parques.

 

Ahora, que pasa, si vos te fijas bien en la ley, todas las restantes competencias del Gobierno de la Ciudad, son competencias concurrentes con las Comunas, es decir que las Comunas tienen el derecho no solo a ser consultadas sino a intervenir en las decisiones que tienen que ver sobre todos los otros temas. Y además de eso están las políticas especiales que justamente cuando hicimos la ley, los vecinos nos encargamos que ahí estén todos los temas que a los vecinos nos interesan y esas políticas especiales también son concurrentes entre le gobierno de la Ciudad y el de la Comuna.

 

En síntesis, el que no tiene ninguna competencia exclusiva, es decir sin necesidad de consultar con nadie, es el gobierno de la Ciudad. Todas las competencias del gobierno de la Ciudad son concurrentes con las Comunas. Y las Comunas además, tienen además estas dos competencias generales, que son exclusivas de ellas y donde el gobierno de la ciudad no podría meter mano cosa que no hace.