Organizaciones de DDHH criticaron el fallo que autoriza a la federal a pedir DNI y detener a una persona sin orden judicial

Organizaciones de DDHH criticaron el fallo que autoriza a la federal a pedir DNI y detener a una persona sin orden judicial

enero 12, 2016

Distintas organizaciones expresaron su malestar luego del fallo del Superior Tribunal de Justicia de la Ciudad, que habilita a los policías de la Ciudad a demorar o detener discrecionalmente a las personas para su identificación sin intervención de un juez competente.

 

 

 

Antes de que termine 2015, y que inicie la feria judicial, la Corte porteña, el máximo tribunal de justicia de la Ciudad avaló la facultad de la Policía para pedir documentos a transeúntes en lugares públicos como forma de «prevenir delitos» y revocó dos fallos de la justicia en lo Penal y Contravencional.

 

 

«La policía tiene entre sus funciones la de prevenir delitos», asegura en el fallo la jueza Inés Weinberg, quien definiño como prevención del delito “a toda actividad de observación y seguridad destinada a impedir la comisión de actos punibles». Otro de los jueces firmantes, Luis Lozano, justificó la decisión argumentando que «la competencia para requerir el documento de identidad está implícitamente reconocida a la Policía Federal en la ley siempre que su ejercicio constituya una ‘actividad de seguridad’ (de prevención del delito)».

 

Ambos fallos fueron rápidamente cuestionados por distintas organizaciones de Derechos Humanos, quienes coincidieron en la figura de la “prevención del delito”.

 

Para el Observatorio por los Derechos Humanos de la Ciudad “el fallo del Superior Tribunal de Justicia les concede a los agentes policiales facultades ilegales, que no poseen y que fueron expresamente limitadas por la CIDH, en el caso “Bulacio vs. Argentina” y advierte que con esta decisión el Superior Tribunal de Justicia está comprometiendo la responsabilidad de la Nación en su cumplimiento”.

 

Otra de la organizaciones que “expreso su más enérgico repudio” a este fallo fue la Fundación Servicio Paz y Justicia – SERPAJ, que dirige el Premio Nobel de la Paz Adolfo Pérez Esquivel. “Consideramos esto un avance ante las libertades ciudadanas, y un paso mas para fortalecer el control social y la violencia institucional. Estas medidas, que buscan teóricamente la tan mentada “seguridad” terminan inevitablemente estigmatizando a los pobres, a los que luchan, a los que podrían reclamar en las calles”, denuncia la Fundación, quien también advierte el riesgo de que se naturalice esta facultad policial. “¿Qué pasara luego de pedir identificación? ¿Volveremos a la época de detenciones preventivas en averiguación de antecedentes?”, se pregunta el SERPAJ.

 

Para la Liga Argentina por los Derechos del Hombre, “la infame medida, se inscribe sin lugar a dudas en el “cambio” operado a partir de la elección de las nuevas autoridades gubernamentales e implica un brutal retroceso en materia de derechos y garantías ciudadanos, estos últimos, verdaderas conquistas frente al poder discrecional del Estado”. A su vez, la LADH vinculó este falló con le declaración de la Emergencia en Seguridad y, en esa dirección, con el traspaso y unificación de las Policías Federal y Metropolitana “ambas cargadas de denuncias por abusos de poder, crímenes de toda laya e irregularidades de todo tipo”.

 

La crítica más radical vino de parte de la Coordinadora contra la Represión Policial (CORREPI), quien repudió el fallo al mismo tiempo que denunció que esta práctica nunca dejó de suceder desde la vuelta de la democracia. “Las policías -y desde que participan del patrullaje urbano, también la prefectura y la gendarmería- tienen la posibilidad de detener personas “sospechosas” por lapsos variables, según la jurisdicción. En todos los casos, está regulada como una “facultad”, es decir, una potestad dependiente sólo del “atinado criterio del funcionario”, que es una forma elegante de decir “olfato policial”, aseguran.
“En nuestro país, cualquier policía puede detener en cualquier momento a cualquiera. Que tenga o no sus documentos de identidad es anecdótico, aun cuando muchas de las leyes que regulan esta facultad requieran que concurra la falta de identificación. Que las víctimas de las detenciones arbitrarias nunca sean rubios adolescentes de colegios privados ni ejecutivos en autos de alta gama, confirma el carácter de clase del sistema.

 

Que la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en el Caso Bulacio, ordenara hace casi 13 años al Estado Argentino derogar éstas y otras normas que habilitan detenciones arbitrarias, demuestra que ningún gobierno está dispuesto a perder tan poderosa herramienta para el control social. Que los jueces, mucho más a menudo de lo que trasciende, avalen estas prácticas represivas, como lo hizo ahora el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad, confirma que no es un policía… es una política de estado”, reflexiona tajante el comunicado emitido por CORREPI.